Ya hemos dicho con anterioridad que un Accidente de Tránsito es el que sucede sobre la vía de manera inesperada por actos irresponsables generalmente previsibles por factores humanos, vehículos automotores, condiciones climatológicas, señalizaciones y caminos, ocasionando pérdidas prematuras de vidas humanas y/o lesiones, así como consecuencias físicas o psicológicas, pérdidas materiales y daños a terceros.

Estos se Clasifican en:

  • Colisión: Choque de uno o más vehículos en movimiento.
  • Atropello: Acción en la que uno o varios peatones son arrollados por un vehículo en
    movimiento.
  • Los términos colisión y atropello, atropello y vuelco y colisión y vuelco: Se usan para
    definir una serie de accidentes relacionados entre sí, considerándose para la elaboración
    estadística, como un solo accidente, de acuerdo al orden de ocurrencia.
  • Caída de persona o cosa del vehículo en marcha: Se refiere al caso en que una persona
    o cosa cae de un vehículo en marcha y esa caída ocasiona daños personales o a la
    propiedad.
  • Accidentes de tránsito fatales: Es en el que una o más personas resultan
    muertas.

Existe un informe reciente en el que la ATTT detalla que el uso de dispositivos móviles mientras se conduce es la principal causa de accidentes menores de tránsito, sin embargo las cifras de accidentes de tránsito por estado de embriaguez y exceso de velocidad han aumentado considerablemente en los últimos meses. Es por ello que los directivos de la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT), la Dirección Nacional de Operaciones de Tránsito (DNOT) y la Empresa Nacional de Autopista (ENA) ha establecido una mesa de trabajo que busca aumentar las sanciones de embriaguez comprobada, exceso de velocidad entre otras, debido al incremento de las colisiones vehiculares producto del consumo de alcohol en los conductores que conllevan a la pérdida de vidas humanas. Así mismo se ha determinado un aumento significativo en las infracciones por velocidad superior al límite.

También está en discusión las infracciones por hablar o chatear por celular mientras se conduce y la morosidad al usar los corredores sin saldo, esta última fue la violación a las reglas del tránsito que más se cometió el año pasado.

Asimismo se estarían evaluando modificaciones al Decreto Ejecutivo No. 640, resaltando la importancia de extender el tiempo de retención de la licencia de conducir a los que incurran en sanciones por embriaguez y velocidad.

Esta mesa técnica conformada por un equipo colegiado de asesores expertos, peritos físicos y de tránsito, consideran establecer un límite temporal de siete años para la aplicación de agravantes por reincidencia, exceptuando de tal medida a los conductores que en estado de embriaguez comprobada o bajo los efectos de estupefacientes causen accidentes de tránsito, lesiones personales o daños a la propiedad ajena.

Si te preocupa saber si tienes una boleta por cometer la infracción 66 de tránsito o sobrepasar los límites de velocidad establecidos puedes verificar en línea, a continuación te diremos cómo:

  1. Entra al sitio web de la Sertracen  para verificar tus boletas.
  2. Ingresa en el ícono de Consultas, historial de conducir, infracciones pendientes y pago de boleta.
  3. Luego accedes al ícono de Licencia, una vez hayas ingresado selecciona Tipo de Documento, ingresa el número de documento y por último seleccione el Estado de su Licencia y le das clic en enviar.
  4. En la siguiente página inserta tu correo electrónico. Te llegará un código de verificación que debes ingresar para acceder al portal.
  5. Una vez dentro del portal navega hacia abajo y haz clic en la sección que dice “Historial”
    Vas a poder ver tu historial de tránsito, incluyendo si tienes alguna infracción pendiente por pagar por manejar en exceso de velocidad.

Para obtener información más detallada haz click aquí para acceder a un video tutorial sobre cómo verificar en línea tus boletas de tránsito.

¿Sin seguro vehicular?
¿No tienes seguro de vehículo? Recuerda que El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) es un seguro contra terceros exigido por ley para circular por las vías públicas del territorio nacional panameño, no tenerlo o tenerlo sin vigencia es una infracción de tránsito. Si todavía no tienes seguro puedes contactarnos, contamos con un equipo sumamente cualificado que te asesorará y guiará para que contrates el seguro que se adapte a tus necesidades.